El diario Expansión se hace eco del lanzamiento por parte de Linea Directa de un seguro antiokupación que suma varias prestaciones de protección a los dueños que sufren la okupación de su vivienda.
El diario Consumidor Global amplia la información referida a este seguro y nos informa de que la cobertura específica para casos de okupación ilegal forma parte de su seguro de de Hogar. Los servicios incluidos en esta cobertura suman 33.900 euros, e incluyen la compensación por la pérdida temporal de la vivienda así como asistencia legal. El precio son de 10 euros/año adicionales al coste del seguro del hogar.
Más específicamente, este seguro cubre la reparación de los eventuales desperfecto de la vivienda tras el desalojo de los okupas, hasta 300 euros al mes por el abono de los suministros de la vivienda, hasta 800 euros al mes por arrendamiento de alojamiento alternativo, hasta 800 euros por compensación de rentas si se trata de una vivienda que estaba alquilada y hasta 7.500 euros en concepto de daños a terceros. Cubre también el el coste del asesoramiento jurídico, hasta 10.000 euros.
Hay otras aseguradoras que hasta la fecha ofrecían coberturas a alguno de los costes derivados de una okupación, normalmente dentro de las prestaciones asociadas a los seguros del hogar.
Más específicamente, Mapfre garantiza la percepción de las cuotas para casos de impago; Mutua Madrileña ofrece productos de alquiler seguro; también lo hacen Generali y Allianz.
Sin ser exhaustivos, esta sería una lista de las coberturas que ofrecen las distintas aseguradoras:
Seguro de impago de Mapfre, que incluye un seguro de impago de para los arrendadores de viviendas de hasta 12 meses, defensa jurídica, e indemnización por actos vandálicos del inquilino.
Seguro Hogar de Mutua Madrileña para propietarios, que incluye cobertura para daños por agua, por robo, y de forma optativa, garantía de impago del alquiler y reparaciones de electrodomésticos.
Seguro Hogar Despreokupado de Línea Directa, que tiene las coberturas antedichas.
Distinguir entre usurpación y allanamiento de morada
Como varias veces hemos mencionada en esta página web y tal como indica el artículo del diario Expansión mencionado, desde el punto de vista jurídico hay que distinguir entre usurpación y allanamiento de morada.
La usurpación es la ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de su propietario; el allanamiento de morada se produce cuando una persona ocupa una vivienda sin la autorización del morados, es decir, de la persona que habita en ella.
En el caso de usurpación, la sanción será una multa económica; en el caso de allanamiento de morada, las penas son superiores y pueden llegar a la prisión.